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CAMBIO DE TARIFAS DE ICA BOGOTA 2022

La Secretaria Distrital de Hacienda  emitió la resolución SHD-000265 de abril de 2021 donde  se adopta y actualiza para la administración del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros en el Distrito Capital de Bogotá, la Clasificación de Actividades Económicas-CIIU revisión 4 adoptada por el DANE para Colombia.

En este mismo sentido y para dar cumplimiento  a lo establecido en  el artículo 6° del Acuerdo Distrital 780 de noviembre de 2020  con respecto  al aplicar, a partir del año gravable 2022 y de forma gradual hasta el año 2024, a las actividades económicas descritas en dicha norma, la tarifas en ella indicadas para determinar el Impuesto de Industria y Comercio y el artículo 7° ibidem en el sentido de  establecer las  tarifas progresivas desde el año 2022 hasta el año 2024 para el servicio de pedido, compra, distribución y entrega de productos a través de plataformas o aplicaciones de contacto y que utilizan una red de domiciliarios.

La nueva resolución estableció las tarifa  por  grupo de actividades gravadas con el impuesto de industria y comercio, de la siguiente manera:

**El Acuerdo 816 de 2021, de rescate social y económico del Distrito, aumentó  la tarifa para actividades financieras al 14 por mil a partir del año gravable 2022.

Actividad

Agrupación

Tarifa por Mil

Industrial

101

4,14

102

6,9

103

11,04

104

8

Comercial

201

4,14

202

6,9

203

13,8

204

11,04

Servicios

301

4,14

302

6,9*

303

13,8

304

9,66*

305

7

Financiera** 401

11,04*

Conforme se indicó en estos grupos se ha dispuesto unas tarifas progresivas desde el año 2022 a 2024, en algunas de las actividades allí descritas.

**El Acuerdo 816 de 2021, de rescate social y económico del Distrito, aumentó  la tarifa para actividades financieras al   14 por mil a partir del año gravable 2022.

*Las actividades que tiene tarifas progresivas a partir del año 2022, son:

Agrupación por Tarifa

Código de Actividad CIIU Resol

Tarifa

Tarifa Tarifa

Tarifa

Descripción Actividad 2021 (por mil) 2022 (por mil) 2023 (por mil)

2024 (por mil)

103

2100 Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico 11,04 11,4 11,76 12,14

302

4210

Construcción de carreteras y vías de ferrocarril

6,9

7,12

7,36

7,6

302

4220

Construcción de proyectos de servicio público

6,9

7,12

7,36

7,6

302

4290

Construcción de otras obras de ingeniería civil

6,9

7,12

7,36

7,6

302

4330

Terminación y acabado de edificios y obras de ingeniería civil

6,9

7,12

7,36

7,6

302

4390

Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil

6,9

7,12

7,36

7,6

304

6110

Actividades de telecomunicaciones alámbricas

9,66

9,98 10,3

10,62

304

6120

Actividades de telecomunicaciones inalámbricas

9,66

9,98

10,3

10,62

401

6411

Banca Central

11,04

14

14

14

401

6412

Bancos comerciales

11,04

14

14 14

401

6421

Actividades de las corporaciones financieras

11,04

14

14

14

401

6422

Actividades de las compañías de financiamiento

11,04

14

14

14

401

6423

Banca de segundo piso

11,04

14

14

14

401

6424

Actividades de las cooperativas financieras

11,04

14

14

14

401

6431

Fideicomisos, fondos y entidades financieras similares

11,04

14

14

14

401

6491

Leasing financiero(arrendamiento financiero)

11,04

14

14

14

401

6492

Actividades financieras de fondos de empleados y otras formas asociativas del sector solidario

11,04

14

14

14

401

6493

Actividades de compra de cartera o factoring

11,04

14

14

14

401

6494

Otras actividades de distribución de fondos

11,04

14

14 14

401

6495

Instituciones especiales oficiales

11,04

14

14

14

401

6496

Capitalización

11,04

14

14

14

401

6511

Seguros generales

11,04

14

14

14

401

6512

Seguros de vida

11,04

14

14

14

401

6513

Reaseguros

11,04

14

14

14

401

6521

Servicios de seguros sociales de salud

11,04

14

14

14

401

6522 Servicios de seguros sociales en riesgos laborales 11,04 14 14 14

401

6532 Régimen de ahorro con solidaridad (RAIS) 11,04 14 14

14

401 6614 Actividades de las sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales 11,04 14 14

14

401

6615 Actividades de los profesionales de compra y venta de divisas 11,04 14 14

14

401

6619 Otras actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros n.c.p. 11,04 14 14

14

401

6621 Actividades de agentes y corredores de seguros 11,04 14 14

14

401

6630 Actividades de administración de fondos 11,04 14 14

14

401

64991 Otras actividades de servicio financiero, excepto las de seguros y pensiones n.c.p. 11,04 14 14

14

401

66111 **Administración de mercados financieros (excepto actividades de las bolsas de valores) 11,04 14 14

14

304 5330 Servicio de pedido, compra, distribución y entrega de productos a través de plataformas o aplicaciones de contacto y que utilizan una red de domiciliarios 10,14 10,63

11,04

Así mismo, la menciona resolución indica que los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, obligados a declarar, deben informar los ingresos obtenidos por la actividad económica principal y secundarias que les corresponda, la cual debe estar informada en el Registro de Información Tributaria- RIT.

Cuando un contribuyente o responsable desarrolle dos (2) o más actividades económicas, la actividad económica principal será aquella que haya generado el mayor valor de los ingresos en el período gravable a declarar. Por lo que se debe estar evaluando cada periodo cual será la actividad económica principal a informar.

Por ultimo, es importante mencionar que las actividades que no quedan gravadas con el impuesto de industria y comercio:

Código de Actividad CIIU a declarar

Descripción Actividad Económica CIIU Rev. 4 A.C. Distrito Capital

111

Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas

112

Cultivo de arroz

113

Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos

114

Cultivo de tabaco

115

Cultivo de plantas textiles

119

Otros cultivos transitorios n.c.p.

121

Cultivo de frutas tropicales y subtropicales

122

Cultivo de plátano y banano

123

Cultivo de café

124

Cultivo de caña de azúcar

125

Cultivo de flor de corte

126

Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos

127

Cultivo de plantas con las que se prepararan bebidas

128

Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales

129

Otros cultivos permanentes n.c.p.

130

Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros forestales)

141

Cría de ganado bovino y bufalino

142

Cría de caballos y otros equinos

143

Cría de ovejas y cabras

144

Cría de ganado porcino

Para consultar la resolución completa Clic aquí

Para descargar las actividades económica en Excel Clic aquí

Autor, Juan Alberto Rojas Castañeda, Bogotá 11 de febrero de 2022.

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