El pasado 13 de abril de 2022, la dirección de impuestos y aduanas nacionales DIAN público en el diario oficial la Resolución 00085 Por la cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico correspondiente y se dictan otras disposiciones.
Esta normatividad indica que el registro, la consulta, la trazabilidad y por consiguiente la circulación y negociación de facturas electrónicas de venta como títulos valores se realiza a través de la plataforma RADIAN. Así las cosas, hasta que las facturas y los eventos asociadas a las mismas no se registren en este sistema, no será efectiva la correspondiente transmisión de los derechos incorporados en las mismas.
Por otro lado, la resolución establece que la que La factura electrónica de venta que no se registre en el RADIAN no podrá circular en el territorio nacional, sin embargo, el no registro no impide su constitución como título valor, siempre que se cumpla con los requisitos que la legislación comercial exige para tal efecto.
Así mismo, se debe indicar que los sujetos no obligados a expedir factura podrán registrarse como facturadores electrónicos para poder participar en RADIAN, sin que para ellos implique la obligación de expedir factura electrónica de venta y/o documento equivalente.
Por último, es importante mencionar que partir del pasado 13 de julio de 2022 los compradores que adquieran bienes y/o servicios a crédito o que se otorgue un plazo para su pago, deben expedir el acuse de recibo de la factura de venta y el aviso de recibo de las mercancías y/o servicios de forma electrónica para que los mismo se constituyan en soporte de costos, deducciones e impuestos descontables y transmitirlo para validación a la DIAN, utilizando su propio software, el de un proveedor tecnológico o el servicio de facturación Gratuito DIAN, que ya se encuentra habilitado para tal fin.
Es importante mencionar que para utilizar la solución Gratuita de la DIAN, se debe habilitar el usuario a través de la plataforma electrónica.
Para consultar la Resolución completa Clic aquí
El proceso de acuse de recibido en el sistema de facturación electrónico gratuito de la DIAN puede realizarlo en el siguiente Clic aquí
Autor, Juan Alberto Rojas Castañeda, Bogotá 22 de julio de 2022.