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Decreto 434 del 19 de marzo de 2020

Mediante el decreto 434 del 19 de marzo de 2020,  el ministerio de hacienda y crédito publico, estableció  plazos especiales para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL (registro único nacional de entidades operadoras de libranza o descuento directo)  y los demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, así:

  • Renovación Matrícula mercantil, RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social RUES, con excepción del Registro Único de Proponentes, hasta el día 3 de julio de 2020.
  • RUP-Registro Único de Proponentes el plazo para presentar la información  para renovar el registro  se amplió  hasta el quinto día hábil de julio, es decir, el 7 de julio de 2020.

Afiliaciones a las Cámaras de Comercio: La renovación de la afiliación deberá realizarse a más tardar el 3 de julio de 2020.

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