Decretos

NUEVAS TARIFAS DE AUTORRETENCIÓN

Mediante el decreto 0261 del 24 de febrero de 2023, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público modifico la tarifa de la autorretención especial a título de impuesto sobre la renta y complementarios para aquellos contribuyentes exonerados de aportes al SENA, ICBF y SALUD de aquellos trabajadores que menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes (Art. 114-1 E.T), así:

Códigos CIUU

Nombre actividad económica Nueva Tarifa autorretención

0111 al 0322

Cultivadores de productos agrícolas / Criadores de productos pecuarios / Pesca/acuicultura en general

0,55%

0510 al 0610

Extracción de Carbón/ Petróleo

4,50%

O620

Extracción de Gas Natural

2,20%

0710 al 0721

Extracción de mineral Hierro/ Uranio Y Torio

3,60%

0811 al 0899

Extracción de Minerales

1,90%

0910 al 0990

Actividades de apoyo a Extracción de Minerales

2,20%

1011 al 1090

Procesamiento de productos agropecuarios / Alimento para animales

0,55%

1101 al 3320

Industria en general

0,55%

3511 al 3900

Servicios públicos domiciliarios/actividades Ambientales

2,20%

4111 al 4390

Actividades de Construcción y obras civiles

1,10%

4511 al 4799

Actividades Comercio en general al por mayor y al por menor

0,55%

4911 al 9900 Transporte de carga y pasajeros / servicios de Restaurante y catering/ Hotelería y mensajería Actividades de Edición, actividades de Producción de Cine, televisión/ Actividades Financieras y de seguros/ Actividades Veterinarias; Actividades de la Salud Humana/actividades de Educación/ actividades recreativas Y deportes/ Actividades inmobiliarias / Asesorías legales, contables, financieras/ entre otras.

1,10%

Es importante mencionar que la liquidación de la nueva tarifa de autorretención empieza a partir 1 de marzo de 2023, y esta la realiza de forma automática el formulario 350 de acuerdo a la actividad económica inscrita en el RUT y actualizada dentro del cuerpo del formulario, por lo que es pertinente que los departamentos de contabilidad realicen las tareas necesarias para actualizar las nuevas tarifas dentro del programa contable.

Para consultar el Decreto 0261: Clic aquí

Autor, Juan Rojas, Bogotá 16 de marzo de 2023.

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