Dentro de las medidas anunciadas por el gobierno Nacional esta contemplada la disminución temporal de la cotización al Sistema General de Pensiones, por el cual el ministerio de trabajo emitió el decreto 558 del 15 de abril de 2020, contemplando entre otras las siguientes medidas:
- Para los períodos de abril y mayo cuyas cotizaciones deben efectuarse en los meses de mayo y junio de 2020, se pagara como aporte el 3% de cotización al Sistema General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro provisional en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así como el valor de la comisión de administración.
- El mencionado aporte será pagada en un 75% por el empleador y el 25% restante por el trabajador. Por su parte, los trabajadores independientes pagarán el 100% de esta cotización.
- EL Ingreso Base de Cotización continuará siendo el establecido en las normas vigentes, y deberá coincidir con el reportado para efectuar el pago al Sistema de Seguridad Social en Salud. teniendo como base mínima un salario mínimo y como máxima 25 salarios mínimos legales vigentes.
- Esta cotización Especial se tendrán en cuenta para completar las 1150 semanas que le permitan al afiliado acceder a la garantía de pensión mínima en el Régimen Ahorro Individual con Solidaridad o a las 1300 semanas para obtener una pensión de Vejez de un salario mínimo legal mensual en el de Prima Media.