Mediante la circular externa 0022 del 19 de marzo de 2020, el ministerio de trabajo, informa que en razón de suspensión de términos en todas la sedes, no se ha emitido autorización alguna de despido colectivo de trabajadores, ni de suspensión de contratos laborales y aclara que la configuración de Fuerza Mayor corresponden determinarla a un Juez de la República y adopta la figura de Fiscalización Laboral Rigurosa.
Ministerio De Trabajo- Fiscalización Laboral Rigurosa
20
Abr